Decreto 187/2010 de 23 de Noviembre

El Decreto 187/2010 del 23 de Noviembre sobre Inspección Técnica de Edificios ha entrado en vigor el pasado 23 de Febrero 2010.

El Decreto tiene por objeto regular las inspecciones técnicas que se deben llevar a cabo para garantizar los niveles de calidad exigibles en los edificios de viviendas, y aprobar el Programa de inspecciones técnicas obligatorias de la Generalidad de Cataluña.

El Decreto pretende el fomento de la conservación y rehabilitación de las viviendas y el control periódico del estado de los edificios de viviendas, como una medida imprescindible para impedir la degradación del parque inmobiliario.

El certificado de aptitud es el documento emitido por la administración competente en base al informe de la inspección técnica de edificios de viviendas presentado y de las comprobaciones que la inspección pueda realizar, en cuya virtud se califica la idoneidad del edificio para el uso de vivienda.

El certificado de aptitud con la calificación de apto tiene una vigencia de diez años. Transcurrido dicho plazo, se debe renovar, siguiendo el mismo procedimiento, dentro del año siguiente al de su caducidad.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ca-d187-2010.html