Tasar una vivienda
En España la normativa de aplicación para la tasación hipotecaria es actualmente la ORDEN ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles
y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.
Esta norma contiene instrucciones suficientemente buenas y adecuadas para valorar para cualquier finalidad.
Es por ello que seguimos recomendamos su aplicación en cualquier caso.
Para la tasación de mercado de viviendas el método de valoración por comparación de inmuebles semejantes al tasado, descrito en la Orden ECO, se ha revelado útil aunque, mal utilizado se ha demostrado engañoso.
Ha generado crecimientos exponenciales de valores y ha participado muy activamente en la generación de la burbuja inmobiliaria que hemos venido padeciendo.
Donde se ha producido el error?
Donde la fractura entre la intención de la ley y su aplicación?
El fallo ha sido no tener en cuenta un concepto básico, prioritario, aunque no tan evidente a primera vista: los inmuebles valen por las rentabilidades que generan.
Y la vivienda tampoco se escapa de esta regla.
Por lo tanto para obtener valores reales de las viviendas y de cualquier otra propiedad deberemos siempre acudir y analizar el mercado de alquileres, no solo el de compra-ventas.
Para una vivienda un valor de mercado con garantÃas de veracidad será siempre el menor entre el valor de comparación y el valor de capitalización de alquileres.